Exdpasnión Política
Carina García @carinagt
El Congreso, la dirección del Diario Oficial de la Federación y la Presidencia de México han desatendido resoluciones en contra de la Reforma Judicial, lo cual será revisada por la Suprema Corte.
La Presidencia de la República y las dos cámaras del Congreso han entrado en colisión con el Poder Judicial, no sólo por la reforma para cesar y elegir nuevos jueces, magistrados y ministros, sino por el desacato a media decena de suspensiones provisionales o definitivas ordenadas por jueces y magistrados.
Esa negativa reiterada de órganos del Estado a cumplir con las órdenes de jueces y magistrados es una circunstancia inédita en el país, y pone en riesgo de regresarlo a un estado en el que cualquier funcionario menor incumpla órdenes judiciales sólo por no estar de acuerdo, incluso con ello, la figura del amparo y las suspensiones están siendo debilitadas, advierten especialistas.
“En un estado de derecho cuando a una autoridad, sea la Cámara de Diputados, sea el Senado, sea el presidente de la República, no le gusta una resolución judicial, lo que tienen que hacer es impugnar esa determinación judicial y no lo que hicieron: desacatar todo y, como se dice coloquialmente, se lo pasaron por el arco del triunfo”, dice Javier Jesús Reyes, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
“Se sentó un precedente muy malo en el que un poder soberano no acató al menos dos suspensiones de amparo. Si hoy lo hace la Cámara de Diputados y el Senado, mañana lo puede hacer cualquier secretaría de Estado, cualquier director”, señala Alejandro Valenzuela, abogado y uno de los promotores de los recursos con los que se busca combatir la reforma.
Entorno a la Reforma Judicial ya hay 10 suspensiones provisionales o definitivas dictadas por jueces o magistrados, y hasta el momento la mitad han sido desacatadas. El resto están en vías de cumplimiento o de notificación y más de una treintena de autoridades señaladas como responsables no han rendido informes ante los jueces.
El escenario podría recrudecerse en cuestión de días: al menos tres juzgados de distrito emplazaron a audiencia a las partes para atender incidentes promovidos por los quejosos luego de los desacatos masivos.
La Reforma Judicial, además, enfrentará ahora la revisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego de que ocho ministros votaran a favor de analizar su constitucionalidad.
Resoluciones para frenar la Reforma Judicial
Este 4, 7 y 8 de octubre deberán comparecer las representaciones legales de las autoridades señaladas como responsables en audiencias incidentales para exponer sus alegatos respecto a su actuación, pues la mayoría simplemente han ignorado las órdenes y ni siquiera las han recurrido.
El viernes 27 de septiembre, en las horas finales del sexenio pasado, Francisco Javier García Contreras, el juez segundo de distrito con residencia en Colima, llamó a comparecer a la Presidencia de la República y al titular del Diario Oficial de la Federación (DOF) por el desacato a cumplir la suspensión por la que se ordenó no promulgar la Reforma Judicial.
El lunes 30 de septiembre, citados por la jueza Nancy Juárez Salas, del juzgado décimo noveno de distrito en el Estado de Veracruz, se emplazó igualmente a la Presidencia y al titular del DOF.
El martes 1 de octubre, día en que se concretó el cambio de Poder Ejecutivo, a citatorio de la jueza Grisell Rodríguez, del juzgado quinto de distrito en el Estado de Yucatán, se llamó a comparecer a representantes de la Cámara de Diputados, el Senado, el Consejo de la Judicatura, el Instituto Nacional Electoral (INE) y de los 32 Congresos estatales.
En todos los casos citados fue para atender las suspensiones dictadas. Sin embargo, las citas fueron ignoradas.
Hasta ahora todo apunta a que sólo una suspensión ha sido cumplida: la dictada al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para que no se extingan los Fideicomisos del Poder Judicial, de modo que no se cancelen las pensiones complementarias, y se garantice que los salarios se mantengan en sus términos, lo que fue ordenado por la jueza Andrea Génesis Alarcón Cortés, del juzgado primero de distrito en materia administrativa, con sede en Nuevo León.
Ese caso fue promovido por jueces y magistrados que decidieron defenderse sin revelar sus nombres; en otra parte de la resolución se mandató al Senado a no emitir –en el plazo que vence el 16 de octubre- la convocatoria para integrar la lista de candidatos a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y jueces y magistrados.
Además se ordenó que no se lleve a cabo la “tómbola” para depurar las listas de aspirantes y que los juzgadores no sean removidos.
Aunque parcialmente se ha acatado esa resolución de la jueza, hay otro conjunto de suspensiones incumplidas: unas fueron para suspender el debate legislativo, o bien para no remitir a las Legislaturas de los estados el decreto aprobado, lo que fue ordenado también por jueces de Morelos y Chiapas. Ambas las incumplió el Senado.
Otra suspensión fue para que el presidente de la República se abstuviera de publicar la reforma, lo que tampoco se cumplió y fue ordenado por el juez de Colima.
La Reforma Judicial fue publicada el 15 de septiembre, en plenas fiestas patrias, por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.
Tras la publicación en el DOF, la jueza Juárez Salas concedió una suspensión con efectos restitutorios para dejar sin efecto la acción del Ejecutivo Federal.
Días más tarde, la Fundación Iris amplió su demanda. Se fue directamente contra el contenido de la reforma, por vicios del procedimiento y vicios de suspensión (desacato). Se ordenó la suspensión al Instituto Nacional Electoral (INE) para que no avanzara en el proceso de preparación de la elección judicial. La orden, se espera, esté en cumplimiento. Aunque el propio Instituto ha arrancado con los trabajos para el proceso que se desarrollará en 2025.
Por su parte, la jueza Grisell Rodríguez, del juzgado quinto de distrito en el Estado de Yucatán, atendió el amparo promovido por Leoncio Paisano y el 30 de septiembre pasado ordenó la suspensión prácticamente total de la elección: que el Senado no emita convocatoria y que el INE suspenda actuaciones.
A las dos cámaras del Congreso y a las 32 legislaturas de los estados les emplazó a no concretar las reformas secundarias y al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) que no implementara la reforma.
En este último caso, el CJF no deberá informar al Senado la proporción de cargos a elegir de cada circuito judicial, número y lugar de adscripción donde están las vacancias, renuncias y retiros programados, insumo que es necesario para que el Senado emita la convocatoria a seleccionar los cargos a elegir.
Todas las suspensiones enlistadas fueron ignoradas por Morena y aliados en las cámaras, pues como lo han dicho sus representantes -entre ellos Ricardo Monreal y Gerardo Fernández Noroña-, ”nada puede frenar la elección en el Poder Judicial”.
¿Qué sigue en el litigio contra la reforma judicial?
Para el abogado Alejandro Valenzuela, todos los diputados y senadores que desoyeron las resoluciones de suspensión de los jueces de Morelos y Chiapas deben ser sancionados, por lo que ya interpuso demanda de juicio político en la Cámara de Diputados.
“Ya si el amparo o la suspensión estuvo bien otorgada o no, eso corresponde a la litis, al fondo de un asunto, pero no se vale que digan no estoy de acuerdo con el amparo, no lo cumplo”, expresa.
Raúl Andrade, constitucionalista y representante legal de la Fundación Iris, una de las promotoras de los amparos para frenar la orden judicial, expone que ahora toca que los jueces valoraren si hubo o no desacato, en lo que los amparos se analizan o la Suprema Corte lo hace.
La expectativa es que los jueces concluyan que sí se incurrió en un desacato, que hagan cumplir sus órdenes y que se retrotraiga todo, es decir, que vuelva al estado original de cosas, que no sea existente la Reforma Judicial al dejarse sin efecto la publicación en el DOF. Esto, ya ordenó la jueza de Veracruz y no se ha concretado.
“Si el juez (de Colima) no lo hace, iríamos al recurso de queja para inconformarnos por ese desacato ante un Tribunal”, destaca Adrade.
Pero incluso el jurista plantea que no basta ahora que se actúe y frene la Reforma Judicial sino que se defiendan las facultades de los jueces y tribunales para emitir suspensiones, pues ahora también éstas, como parte de la figura del amparo, están siendo debilitadas.
“Está en riesgo por esta desobediencia en que incurrieron prácticamente todas las autoridades señaladas como responsables, lo que procede ahora es denunciar el caso ante la Fiscalía General de la República (FGR), pues no se puede sentar el mal precedente de ignorar la orden de un juez con el argumento de que no se está de acuerdo”, señala.
“No sólo es no cumplo y ya. Sino que se puso en cuestionamiento la figura de amparo y sus recursos (como las suspensiones), y eso puede conducirnos a escenarios nunca vistos, la crisis constitucional”, alerta el jurista.
Desde distinto enfoque, el jurista Javier Martín Reyes, de la UNAM, sostiene que si bien el desacato ocurrido en esos casos es incontrovertible, pues “fue muy evidente”, sí hay dudas respecto a si procedía o no declarar las suspensiones ordenadas.
“Es discutible si las suspensiones se otorgaron de forma correcta (…) tengo una posición intermedia. Sí es discutible si esas suspensiones se dictaron o no se dictaron de manera correcta, pues estamos frente a problemas jurídicos que son que son complejos y que no tienen respuestas obvias”, dice.
Hay posturas encontradas en términos de si procede o no procede el amparo, sin embargo, en lo que los expertos coinciden es que fue irregular no hacer caso a las resoluciones de jueces.
De acuerdo con la ley, el desacato a una suspensión judicial puede ser sancionado con prisión, multa o inhabilitación. Según la gravedad puede ser de 3 a 9 años de prisión, multa, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos.
El Senado responde, al fin
Pese a la gravedad planteada por los especialistas, el panorama comenzó a aclararse por las vías institucionales, pues el Senado sí combatió por los mecanismos establecidos al menos una de las órdenes de suspensión que le fueron dictadas.
Aunque el juez desechó sus alegatos y confirmó la suspensión, dictada desde el 10 de septiembre, en que debió decretarse una pausa en la discusión de la Reforma Judicial, la orden judicial fue ignorada.
En su audiencia, el Senado argumentó que constitucionalmente no existe posibilidad de que, por vía de un amparo, se frene una reforma legislativa.
“Resulta ilegal que se pretenda paralizar o suspender parcialmente el procedimiento de reforma antes aludido, ya que se aparta de la finalidad del juicio de amparo y la reforma constitucional aún no ha quedado aprobada”, contestaron los representantes del órgano legislativo.
Además, advirtieron que es improcedente “impugnar individualmente cada fase de dicho procedimiento legislativo” y que el conceder la suspensión implica una violación del derecho al desempeño del cargo y la función representativa parlamentaria, “constituyendo un antecedente negativo ya que se impediría a los legisladores llevar a cabos las funciones”.
Hasta ahora, ninguno de los alegatos del Senado fue considerado válido para dar luz verde a la Reforma Judicial.