
24 HORAS
por Ángel Cabrera
La ministra Lenia Batres se pronunció por revertir una decisión de la antigua Corte que beneficia a miles de niños con discapacidad al votar en contra de que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) esté obligado a otorgar aparatos auditivos, implantes cocleares y lentes las infancias derechohabientes.
La extinta Segunda Sala declaró inconstitucional el artículo 42, fracción II, del Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que indica que esos insumos médicos para discapacidades auditivas y visuales no son parte de la cobertura.
Debido a que la norma no se eliminó en el plazo de 90 días, este martes la Suprema Corte debatió y aprobó la declaratoria de inconstitucionalidad, con lo que esa norma se expulsó en definitiva del sistema jurídico mexicano y ahora el IMSS debe otorgar lentes, aparatos auditivos e implantes cocleares a menores derechohabientes.
Sin embargo, durante la discusión la ministra Lenia Batres se manifestó en contra de ampliar los derechos a servicios de Salud de infancias, con el argumentó de que la cobertura del IMSS tiene un principio de racionalidad y el Seguro Social no cuenta con los recursos para sostener esa decisión.
“Estos insumos no se encuentran en este compendio, lo cual quiere decir que tiene una imposibilidad el instituto y si no tendríamos a su vez que irnos a pues invalidar esta otra normativa”, dijo.
La ministra Batres advirtió que ordenar al IMSS otorgar aparatos auditivos a niños podría “generar distorsiones en la asignación de recursos, privilegiando ciertos insumos, sin un análisis integral de necesidades poblacionales”.
Batres insistió en que no se pude presumir que “el IMSS tenga capacidad material y financiera para proporcionar estos insumos de forma generalizada, sin contar con evidencia técnica de infraestructura, presupuesto y recursos y, por ello, una declaratoria de invalidez con efectos generales tendría que basarse en una valoración previa de esta capacidad, de lo contrario, estaríamos emitiendo una resolución que genere un impacto estructural y presupuestal”.


