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Corte deja sin efecto crédito fiscal de 12 mmdp a Pegaso

fuente: exelsior

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó por mayoria una resolución que deja sin efecto un crédito fiscal superior a 12 mil millones de pesos contra la empresa de comunicación Pegaso, derivado de una deducción fiscal que el SAT consideró improcedente.

El asunto corresponde al Amparo Directo en Revisión 1172/2025 y se resolvió en sesión pública con mayoría de votos, pese al voto en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrama.

El proyecto determinó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no tenía legitimación para interponer el recurso de revisión en materia fiscal, al no existir un pronunciamiento de constitucionalidad por parte del tribunal colegiado. En consecuencia, quedó firme la sentencia que había dado la razón a la empresa.

El caso se originó en un contrato celebrado en 2007 entre Pegaso PCS y diversas concesionarias de telecomunicaciones. La empresa realizó un pago inicial superior a 11 mil 476 millones de pesos por el uso de una concesión, monto que posteriormente fue modificado a más de 12 mil 39 millones de pesos. Esa cantidad fue registrada como activo intangible y se amortizó parcialmente entre 2007 y 2013.

En 2014, la empresa dedujo de forma inmediata el saldo pendiente, por más de 9 mil 403 millones de pesos actualizados, al argumentar que el contrato de operación delegada había dejado de ser útil para generar ingresos. El SAT rechazó la deducción y determinó un crédito fiscal de 4 mil 442 millones de pesos por impuesto sobre la renta, actualizaciones, recargos y multas.

El tribunal colegiado resolvió que la deducción era válida al distinguir entre la concesión de red pública de telecomunicaciones y los servicios derivados de un contrato. Esa diferenciación fue clave para que prosperara el amparo. La Corte no entró al fondo fiscal del asunto, sino que confirmó la improcedencia del recurso promovido por Hacienda.

La ministra Lenia Batres sostuvo que la resolución permite que la empresa deje de cumplir con su obligación constitucional de contribuir al gasto público, prevista en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución.