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‘¿Algún pobre fabrica facturas falsas?’: Senadora Andrea Chávez usa dichos engañosos para defender la prisión preventiva oficiosa.

Animal Político

Por: Arturo Daen y Oscar Nogueda

Frase: Todos los delitos, estos particularmente que estamos discutiendo, que generan enormes réditos económicos, ya garantizan el peligro de fuga dentro de estos delincuentes. El extorsionador tiene dinero más que suficiente para darse a la fuga, el narcotraficante tiene dinero para darse a la fuga, el facturero tiene dinero para darse a la fuga, ¿por qué tendría que pasar por la decisión de un juez la imposición de esta medida cautelar?

Autor: Andrea Chávez, senadora de Morena

Lugar y fecha: 27 de noviembre de 2024, Senado de la República

La senadora morenista Andrea Chávez usó argumentos engañosos para defender la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, al dar por hecho que personas acusadas por algunos de los delitos del artículo 19 constitucional ya son delincuentes, y por lo tanto para prevenir su fuga es necesario que sigan su proceso en la cárcel.

Su discurso deja de lado la presunción de inocencia, ya que cuando se acusa a una persona aún no se prueba que sea “extorsionador”, “narcotraficante” o “facturero”, que son los términos que utilizó.

De ahí que especialistas mencionen que es preferible la prisión preventiva justificada, en la que un juez analiza si hay un riesgo de fuga, o de que la persona acusada esté amedrentando a víctimas o testigos del caso, para entonces sí aplicar esa medida cautelar.

“El problema en la prisión preventiva oficiosa es que se activa desde la vinculación a proceso, cuando la Fiscalía supone que una persona cometió un delito, pero no se ha probado que lo cometió y por la sola suposición se le priva de la libertad. La fiscalía no ha probado que la persona haya cometido el delito”, explicó Lisa Sánchez, directora de México Unido Contra la Delincuencia (MUCD). 

En la mañana del 28 de noviembre, senadores de Morena y aliados sumaron el uso de facturas falsas, contrabando, extorsión y cometer algún delito relacionado con el fentanilo a la lista de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Este dictamen también fue respaldado por siete senadores del Partido Acción Nacional, además del bloque oficialista.

La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar impuesta en la primera etapa del proceso penal, que implica el encarcelamiento automático para personas señaladas ante el ministerio público de cometer algún delito contenido en el artículo 19 constitucional. 

Esta medida fue incluida en la constitución en 2008, durante el sexenio de Felipe Calderón, y a partir de ese año las autoridades han ido aumentado el catálogo de delitos que ameritan su aplicación. 

PPO implica encarcelar personas sin que se pruebe su culpabilidad

Chávez mencionó en tribuna que “si no hay elementos probatorios o de investigación que puedan vincular a proceso a esta persona entonces no tendría por qué imponérsele la medida cautelar de la prisión preventiva oficiosa”.

Pero la abogada Leslie Jiménez explicó que con la prisión preventiva oficiosa el juez de control no puede analizar las pruebas de una medida cautelar, porque es una medida automática. “No permite ni debate ni análisis de prueba alguna”, mencionó en su cuenta de X.

“Cuando a una persona se le vincula a proceso no es que se le considere culpable, se considera que hay elementos para seguir investigando. Eso no significa que esa persona es la verdadera responsable. En el caso de la prisión preventiva oficiosa no se presentan pruebas de que la persona representa un peligro para las víctimas, para el proceso o que se puede fugar, simplemente pasará su proceso en la cárcel”, explicó el abogado Eliud Tapia. 

En otro punto de su discurso, Chávez mencionó: “Dicen que esto afecta particularmente a los pobres, yo nunca he visto un pobre, yo no sé ustedes, fabricando una factura falsa”. 

Pero están documentados casos de corrupción en los que autoridades o funcionarios han utilizado a personas de bajos recursos para ubicarlas como supuestas dueñas de empresas, o han acusado a personas inocentes de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. 

En esta investigación, documentamos que la administración de Morena en Veracruz  enlistó como empresarios a personas que viven en zonas marginales del estado. Esta vez no eran promotores del voto, como hacía el PRI, sino que eligieron a beneficiarios de los programas sociales del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador: Adultos Mayores, Jóvenes Construyendo el Futuro, Apoyo al Empleo, Becas y Microcréditos para el Bienestar.

En octubre de 2021, Animal Político en alianza con la organización Intersecta, publicó la investigación Prisión preventiva: el arma que encarcela pobres e inocentes. En ella se dio cuenta de que el 70% de las personas a las que se les aplica la medida de prisión preventiva oficiosa o automática son personas de escasos recursos.   

En dicha investigación, están documentados casos como el de Viridiana, quien pasó 4 años y seis meses en penales federales señalada de tráfico de personas, dinero de procedencia ilícita y delincuencia organizada, delitos que ameritan prisión preventiva automática. A la postre, fue declarada inocente.

La postura de la senadora Andrea Chávez

En respuesta a una solicitud de El Sabueso de Animal Político, la senadora Andrea Chávez insistió en que los tres delitos adicionados al artículo 19 constitucional, extorsión, ilícitos relacionados con la producción de drogas sintéticas y el uso de falsos comprobantes fiscales, “generan importantes beneficios económicos” que automáticamente se traducen en mayores herramientas para evadir la acción de la justicia.

“Defendemos que no basta una acusación para aplicar esta medida cautelar, sino la vinculación a proceso de un juez en la Audiencia Inicial. Recordemos que las medidas cautelares, aunque duras, no son penas ni condenas, y tienen un carácter preventivo que busca evitar un mal mayor, por eso no deben suponer un atentado contra la presunción de inocencia”, contestó la senadora. 

Chávez resaltó que la prisión preventiva oficiosa no es una pena ni una condena, aunque como ya mencionamos, una persona puede pasar años en la cárcel por ese mecanismo, aún siendo inocente.

Un ejemplo de ello es el caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, quienes permanecieron en prisión preventiva oficiosa durante 17 años acusados de homicidios y  sin recibir una sentencia. Cabe destacar que ambos fueron puestos en libertad, además de que este fue el caso por el la CoIDH condenó al Estado mexicano por mantener la prisión automática. 

En la misma línea, los senadores morenistas Oscar Cantón Zetina y Alejandro Murat insistieron en la idea de que los jueces tienen espacio para analizar en cada caso si se aplica o no la prisión preventiva oficiosa. 

“Esta es una medida cautelar por supuesto, pero en donde primero hay que recordar que para que se lleve a cabo esa medida cautelar tiene que haber generado la vinculación a proceso. ¿Y esto qué significa? Que existen elementos objetivos suficientes para considerar que la persona imputada sí participó en los hechos que la ley señala como delito”, dijo Murat.

Pero como mencionamos previamente, incluso cuando se dicta vinculación a proceso esto no implica que la persona participó en un delito, sino que un juez considera que hay indicios para seguir investigando. A diferencia de otras medidas cautelares, la prisión preventiva oficiosa no analiza si existe algún riesgo para el proceso judicial.

Al respecto la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CoIDH) y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) han coincidido que la prisión oficiosa vulnera la presunción de inocencia y la libertad personal. 

Según el Censo Nacional de Sistemas Penitenciarios de 2023, en los ámbitos federal y estatal 38 mil 533 personas permanecían en prisión sin una sentencia, ya que fueron privadas de su libertad por medio de la prisión preventiva oficiosa.