fuente:TEPJF
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda con expresiones vertidas en 32 conferencias matutinas realizadas entre mayo y octubre de 2023, en las que emitió manifestaciones de carácter electoral para apoyar a una opción política y rechazar a otra.
Se explicó que con dichas expresiones, el mandatario atribuyó características negativas, contrastó los procesos internos de los partidos políticos que se encontraban en curso y asumió una posición a favor de las y los coordinadores de la Defensa de la Cuarta Transformación.
Además, expuso su postura en favor del proceso interno de Morena y le atribuyó características positivas.
Dado que las 32 conferencias mencionadas incluyeron expresiones de índole electoral por parte de un servidor público y que para su difusión se emplearon recursos materiales y humanos, la Sala también tuvo por acreditado el uso indebido de recursos públicos.
Sin embargo, el TEPJF detalló que el presidente López Obrador no puede ser sancionado por infracciones de índole electoral, de acuerdo con la Constitución, sino que “únicamente se le responsabiliza en términos de los criterios establecidos por la Sala Superior de este tribunal”.