
“Qué patria están defendiendo que luego se echan sobre ti?
Nosotros somos la patria.
Los presidentes son ridículos. Son nuestros empleados…
Nos deben servir y no subyugar.”
Jodorowsky
Históricamente, la idea de la “patria” ha evolucionado desde la lealtad a un
monarca o a un territorio específico hasta el compromiso con un Estado de
derecho, una constitución y una comunidad de ciudadanos. La traición a la patria
—a menudo denominada alta traición— no es un concepto estático; se redefine
constantemente según el contexto político, los regímenes de gobierno y las crisis
de soberanía. Delimitar qué constituye este delito implica transitar por una delgada
línea entre la defensa legítima del Estado y la criminalización de la disidencia
política.
En el plano estrictamente legal, las legislaciones modernas tipifican este ilícito con
gran rigor para salvaguardar la existencia misma de la nación. En el ordenamiento
jurídico mexicano, por ejemplo, el Código Penal Federal (en sus artículos 123 al
126) sanciona con penas severas de prisión (que van de los 5 hasta los 40 años) a
quienes atenten contra la independencia, la soberanía o la integridad de la nación.
Las conductas típicas bajo este marco incluyen:
Cometer a la nación a la tutela o intereses de un gobierno o grupo extranjeros.
Tomar parte en actos bélicos o de hostilidad en contra del país bajo órdenes
extranjeras.
Facilitar la invasión o comprometer la paz interior mediante acciones concertadas
con fuerzas ajenas al Estado.
La tensión entre la ley y la moral: ¿Quién es el traidor?
Más allá del derecho positivo, la noción de traición arrastra una profunda carga
subjetiva. En la arena política, el término se utiliza con frecuencia como arma
discursiva para descalificar a los opositores. Durante los procesos de
transformación histórica —como la Independencia de México, la Reforma o la
Revolución—, aquellos que para un régimen eran “traidores”, para la facción
triunfante eran héroes o viceversa.
En el debate contemporáneo, analistas y ciudadanos cuestionan el alcance del
concepto: ¿comete traición únicamente quien conspira con potencias extranjeras,
o también incurre en ella quien desde el poder abandona al ciudadano a merced
de la violencia, la impunidad y la corrupción sistémica? Autores y columnas de
opinión señalan que la verdadera deslealtad a la nación puede emerger de la
negligencia institucional y de la erosión del estado de derecho, traicionando el
pacto social básico de proteger a la población.
La traición a la patria trasciende la mera tipificación de un código penal; es el
síntoma de una fractura en el contrato social. Mientras que las leyes buscan
proteger la infraestructura física, política y soberana del Estado frente a
agresiones externas o colusiones ilegítimas, la sociedad exige que la lealtad sea
bidireccional. Un Estado es genuinamente leal a su patria cuando honra su deber
de justicia, paz y protección hacia sus habitantes, evitando que el concepto de
“traición” sea desnaturalizado para silenciar la crítica o el disenso, es decir en
México los políticos son traidores a la patria desde el momento en que no
conviven con la sociedad.
En la historia jurídica moderna de México, ningún político de alto perfil ha recibido
una sentencia condenatoria firme por el delito de traición a la patria.
Las únicas sentencias condenatorias Miguel Miramón y Tomás Mejía (1867):
Ambos generales y políticos de la facción conservadora fueron sometidos a un
consejo de guerra tras la caída del Segundo Imperio Mexicano. Fueron
sentenciados a muerte y fusilados en el Cerro de las Campanas junto a
Maximiliano de Habsburgo por colaborar activamente con la invasión y el gobierno
impuesto por la potencia extranjera francesa.
Casos que llegaron a prisión, pero NO a sentencia definitiva. (Estos procesos se
llevaron a cabo en Consejos de Guerra.
Carlos A. Madrazo, Ramón Garibay y Sacramento Joffre (1945) (1945): Estos
diputados federales fueron formalmente acusados de traición a la patria en el siglo
XX por presuntos fraudes y complicidades extranjeras en el Programa Bracero.
Aunque se les dictó auto de formal prisión y pasaron ocho meses recluidos en la
prisión de Lecumberri, la Suprema Corte de Justicia de la Nación les otorgó un
amparo, por lo que salieron libres y jamás fueron sentenciados de forma definitiva.
Existe una confusión histórica y jurídica muy común sobre este caso: el general
Felipe Angeles no fue sentenciado por el delito de traición a la patria. El cargo
oficial por el que se le condenó a muerte fue el delito de rebelión militar.
Como explican los juristas constitucionales, la falta de sentencias definitivas se
debe a que es un delito sumamente difícil de probar técnicamente. Para que un
juez dicte una sentencia condenatoria bajo el Artículo 123 del Código Penal
Federal, se tiene que demostrar fehacientemente el dolo específico: es decir,
probar que el político actuó con la intención directa de someter la soberanía del
país a un gobierno extranjero. La inmensa mayoría de las denuncias presentadas
en el Congreso de la Unión o ante la FGR contra presidentes o secretarios se
desechan antes de llegar a un juicio por carecer de sustento jurídico exacto,
quedando únicamente en retórica política.
El delito de traición a la patria que le imputa al ex fiscal, es por haber permito la
colaboración con agentes de la CIA en territorio mexicano. Los Tribunales de
Control Constitucional tienen una ardua tarea ya que como lo he señalado en el
mundo ha sido difícil sancionar por la complejidad de configurar el delito de
traición a la patria.
¡Esa es justamente la paradoja de este delito! Si por “amitos” nos referimos a los
“amigos de la corte” (amicus curiae) —o en un sentido más coloquial, a esos
“padrinos”, aliados y “amigos con derechos” del poder político—, la realidad es
que suelen desaparecer o cambiar de bando en el momento más crítico.
Nadie es químicamente: ¿En donde están los amigos de Cesar – compañeros de
la universidad que teníamos sueños para un mejor futuro? -.
Salud y larga vida
Profesor por Oposición de la Facultad de Derecho de la UAC.
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