Por Moisés Alvarez Palacio
La llamada “Ley Antimemes” no es una sola iniciativa, sino dos. Una está en el Senado y reforma la Ley de Propiedad Industrial y el Código Penal Federal. La otra está en la Cámara de Diputados y reforma la Ley de Derecho de Autor.
Ambas responden a compromisos de armonización en materia de propiedad intelectual, que establecen obligaciones de observancia, incluyendo procedimientos penales para la piratería a escala comercial. El problema no es el origen ni el objetivo manifestado, sino la redacción. La iniciativa de que está en la Cámara de Diputados contempla multas millonarias a los proveedores de internet que no bajen contenido señalado como reincidente, sin que medie un control judicial previo. Es decir, se pasa directo a la multa administrativa sin que se garantice que quien reclama el derecho realmente sea el titular.
El Senado, por su parte, se plantea penas de 1 a 5 años de cárcel para quien use la identidad gráfica del gobierno con fines de engaño. El texto final acota la sanción al uso “a escala comercial” y con “intención de cometer un ilícito”. Pero ahí está justamente el problema: un creador de contenido que monetiza en TikTok o YouTube podría ser considerado “comercial”, y la “intención” es algo subjetivo que queda a interpretación de un juez. En varias mesas de debate político se planteó a manera de ejemplo la parodia de “La Casa de los Mañosos” que está en una plataforma que le paga por vistas, ¿está cometiendo un ilícito? La respuesta no es clara por la falta de claridad en la redacción y ese es el riego cuando se deja a la interpretación.
Mucho se ha hablado esta semana en referencia a esta ley. Por un lado, quienes ven en este paquete de reformas un “ecosistema” para coartar la libertad de expresión, recordando que ya existe un antecedente como lo fue la lista de más de 50 periodistas y analistas presentada por María Luisa Alcalde, que derivó ante un sector de la opinión pública como en acoso y violencia. Por otro lado, quienes sostienen que el debate público necesita reglas y que la ley solo busca proteger la propiedad intelectual y sancionar el fraude.
Ambas posturas tienen puntos válidos. Pero entonces valdría la pena preguntarse: ¿dónde está el límite entre proteger un derecho y censurar la crítica? La respuesta no está en la ley, sino en su redacción, porque se queda en la interpretación y no en la especificación. La oposición ha exigido una cláusula explícita que exceptúe el periodismo, la parodia y la crítica política. Morena se ha negado a incluirla.
El problema no es que exista una ley que proteja la propiedad intelectual. El problema es que una norma que castiga con cárcel y multas millonarias el uso de símbolos oficiales, sin una excepción explícita para la sátira, la parodia o la crítica política, deja la puerta abierta a la interpretación. Lo ideal, y para no dejar lugar a dudas, sería añadir un párrafo que dijera claramente que la ley no aplica para sátira o crítica política. La libertad de expresión no se defiende con buenas intenciones, sino con redacciones específicas que no dejen lugar a dudas.
Es importante precisar que ninguna de las dos iniciativas ha sido aprobada en definitiva. La reforma del Senado fue avalada en comisiones unidas el 23 de septiembre, pero aún debe ser votada en el Pleno. La iniciativa de Diputados, por su parte, fue pausada el 22 de septiembre por la Comisión de Economía, tras el rechazo del PRI y Movimiento Ciudadano. Es decir, el debate sigue abierto y las sanciones que hoy se discuten todavía no están vigentes.



