
Reporte Índigo
por Daniel Rivera Coeditor Web
La reforma al Artículo 403 BIS precisa que las penas solo aplicarán a usos comerciales que busquen engañar sobre la identidad oficial de instituciones.
ste miércoles 23 de septiembre, el Senado de la República modificó la llamada “Ley Antimemes”, luego dde que la oposición advirtiera que una reforma para combatir la piratería podía afectar “memes“, parodias y críticas al gobierno que usa elementos de su imagen institucional.
Ante esto, las Comisiones Unidas de Justicia, Economía y Estudios Legislativos Primera aprobaron los cambios en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, en el Artículo 403 BIS, en el que establecía de tres a siete años de prisión a quien utilizara en escala comercial la identidad gráfica, dominios electrónicos, signos o documentos oficiales par incluir al error o engaño.
Ley antimemes genera críticas en legisladores de oposición
Al aprobarse los cambios, el tema generó críticas de los legisladores de partidos de oposición, quienes advirtieron que la redacción podía alcanzar contenidos que circulan en redes sociales.
En tanto, la vicecoordinadora de Movimiento Ciudadano (MC), Alejandra Barrales, exigió eliminar la medida y sostuvo que “no se puede combatir la piratería afectando la libertad de expresión
Señaló que, el proponer una pena de prisión para los memes y para las parodias en redes sociales cuando utilicen cualquier signo de carácter oficial “es a todas luces censura disfrazada a la propiedad intelectual”
Por su parte, el coordinador del PAN en el Senado, Ricardo Anaya, advirtió que la disposición podía alcanzar a quienes hiciera una parodia utilizando la identidad gráfica del gobierno y pidió entonces que se protegiera de manera expresa el periodismo, las parodias y la libertad de expresión.
A las críticas se sumó el presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral, quien presentó una modificación al Artículo 403 Bis, con el fin de precisar cuando se podría considerar un delito
¿De cuánto es la pena por hacer un meme?
La ley impone una ley de uno a cinco años de prisión, así como una multa de 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) es decir, de hasta un millón 173 mil 100 pesos, según el delito.
Asimismo, se eliminó la referencia amplia a dependencias y entidades de la administración pública y se estableció que la conducta deba involucrar la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales de una institución pública.
Asimismo, se precisó que el objetivo deba ser engañar sobre el origen oficial de una comunicación, documento, plataforma, así como servicio o sistema informativo, y que el uso debe hacerse a escala comercial.
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