fuente: excelsior
Una juez federal, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal, Paloma Xiomara González, desechó el juicio de amparo que promovió la defensa Mario Aburto Martínez, asesino confeso de Luis Donaldo Colosio, contra la determinación de la FGR del no ejercicio de la acción penal a cualquier involucrado por la presunta tortura de la que asegura, fue víctima.
La autoridad judicial determinó dejar sin efecto la demanda de garantías del michoacano, resolución que se hizo pública, de acuerdo con la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
“Fecha resolución inicial 09/04/2024. Sentido resolución inicial Desechamiento” fue la resolución.
Presentó la demanda el pasado 15 de marzo ante el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal. Entre los actos que reclamó fue: “La consulta de determinación del no ejercicio de la acción penal”. Sin embargo, la fiscalía valoró que no fue víctima de tortura durante su detención y traslado a la CDMX, tras haber asesinado a Colosio, el 23 de marzo de 1994, al término de un mitin en la colonia Lomas Taurinas, en Tijuana, Baja California.
El 28 de noviembre de 2023, los fiscales notificaron a Mario Aburto de la consulta presentada por la Fiscalía Especial de Investigación del Delito de Tortura de la FGR en la averiguación previa 2080/94, al considerar que no está acreditado que hubiera sido torturado.
Aburto presentó una denuncia ante la CNDH, que en 2021 consideró que existían elementos para afirmar que éste fue torturado desde su detención hasta “años recientes”.
En octubre pasado, un Tribunal Colegiado en Materia de Penal invalidó la condena de 45 años de prisión que se le impuso y ordenó que se emitiera una sentencia. Será la SCJN la que defina si fue correcto el amparo que le fue concedido a su defensa para reducir la pena a 30 años de cárcel o si se sostiene la condena inicial.