Opinión

¿La elección de la Suprema Corte de Justicia por voto popular?

“La justicia es una injusticia

compartida por la mayoría”

Jorodowsy

Benito Juarez fue un defensor a ultranza de la soberanía nacional en tiempos impensables, lo cual significó luchar contra intereses e ideologías arraigadas de la época. Sus palabras todavía permanecen entre nosotros después de varios años: “El respeto al derecho ajeno es la paz”. Hoy en día, el debate sobre la obra de Juárez continúa, aún podemos encontrar hechos relevantes poco conocidos si escudriñamos ciertos documentos y archivos históricos que permitan documentar sus infinitas acciones en el gobierno y que no han dejado de provocar cierta controversia. Esto es lo que nos motiva para escribir las siguientes líneas a fin de reconstruir y recuperar una parte minúscula de nuestro pasado: su efímero paso por la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia antes de asumir la primera magistratura del país, no sin antes describir algunos acontecimientos históricos de los que formó parte.

En este sentido, el presente trabajo subyace a partir de las siguientes interrogantes: ¿Cómo y en qué contexto fue su ascenso a la Presidencia de la Suprema Corte? ¿Cómo llegó al cargo de Presidente de la República por vez primera, sin ser elegido democráticamente? Son muchas las interrogantes relativas a su transición de Presidente de la Suprema Corte a la Presidencia de la República, lo cual ha generado poner en la palestra algunos aspectos torales de los hechos controvertidos con tal de tener un acercamiento preciso a la “verdad histórica”.

Es menester señalar que durante este periodo el funcionamiento de las instituciones políticas y jurídicas se caracterizaba por una serie de abruptos procesos históricos continuos. En esos años (1853-1855), regía el gobierno conservador y dictatorial de Santa Anna, que ante el abuso, la violenta tiranía, así como la implementación de una serie de medidas que afectaban los intereses de la población, provocó el levantamiento popular de Ayutla encabezado por Juan Álvarez, el cual agrupó a personajes identificados con las ideas liberales.

En ese entonces, diversos personajes que habían sufrido persecuciones políticas se encontraban desterrados del país, entre ellos: Benito Juárez, Melchor Ocampo, Ponciano Arriaga y José Ma. Mata; hombres que se sumarían a la revolución y que desempeñarían cargos relevantes en el gobierno.

La nueva Constitución fue intitulada Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada y jurada por el Congreso originario, así como por el Presidente sustituto Ignacio Comonfort, el 5 de febrero de 1857. Este documento constitucional representó un parteaguas, al consagrar un catálogo de derechos del hombre y una serie de principios libertarios, empero, no complacía ni a sus propios autores y mucho menos a los grupos conservadores ni al clero; motivo por el cual, hizo flaquear a muchos políticos y favoreció la posición de Juárez en la coyuntura política, como se verá más adelante.

Con la vigencia de la Constitución Federal de 1857, nuestro país sería una república representativa, democrática y federal; los poderes se ejercerían de manera tripartita. Todos los ciudadanos tenían como “prerrogativas” el de votar y ser votados para todos los cargos de elección popular, y ser nombrados para cualquier otro empleo o comisión. No obstante, el método de elección para los tres poderes era de manera indirecta en primer grado, es decir, los ciudadanos votaban por un elector, quien a su vez votaba para elegir a los diversos representantes populares. De tal manera que para la celebración de las elecciones federales de ese año, se expidió la Ley Orgánica Electoral el 12 de febrero de 18579 en el que se consignaron todos las etapas del proceso electoral: la división electoral de la república mexicana; el nombramiento de los electores; las juntas electorales de distrito; y las elecciones de diputados, Presidente de la República y Presidente de la Suprema Corte de Justicia.

Cabe señalar que en la Constitución nuestro país se establecio la eleccion del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, mas no de los ministrios, lo cual nunca ocurrio, como de maner incorrecta lo señala López Obrador. En la Constitución de 1917 se determino como hasta la fecha esta regulado, que el presidente de la República remitira una terna para ocupar los puestos faltantes de la Corte al Senado de la República y en caso de que el Senado no se ponga de acuerdo el presidente lo designara como ocurrio recientemente y no por el Senado.

Hacia 1850 la Suprema Corte era el poder de mayor estabilidad y solidez en el Estado mexicano, esto debido a la complejidad de su quehacer jurisdiccional y del laberinto de leyes que tenía que aplicar al ser el órgano terminal de la justicia constitucional, además de actuar como contrapeso entre los poderes públicos. Hasta antes de los acontecimientos de Ayutla, la Suprema Corte había logrado suficiente apoyo político para ejercer cierta autonomía financiera, además de contar con el respaldo necesario para cubrir su plantilla personal.

Sin embargo, con la Ley Juárez de 1855, que tuvo por objeto reorganizar la administración de justicia en todo el país, permitió al Ejecutivo instituirse como el poder dominante, ya que mediante esa ley subordinaba al Poder Judicial a su voluntad. Esa ley acotó la jurisdicción y competencia de la Suprema Corte en la resolución de los asuntos y dio al Ejecutivo la facultad de nombrar magistrados, jueces fiscales y empleados del ramo judicial.

Lo anterior, evidentemente trastocaba la inamovilidad e independencia de los juzgadores, situación que había comenzado a presentarse durante el régimen de Santa Anna. De tal forma que en octubre de 1856 el Congreso constituyente deliberó sobre el tema en cuestión y se propuso la desaparición de la inamovilidad, lo cual constituyó un gran golpe a la estabilidad y al prestigio de la Suprema Corte. Estos cambios fueron aprobados por el Congreso originario por 58 votos contra 32, sin ninguna discusión.

Ahora bien, durante la vigencia de la Constitución Federal de 1857, la estructura y el funcionamiento de la Suprema Corte fue modificada nuevamente, como fue el caso del estatuto jurídico de los Ministros, el cual puso en riesgo una vez más, la administración de justicia. En ese contexto, la Constitución Federal estipuló que la Suprema Corte se integraba por once ministros, cuatro supernumerarios, un fiscal y un procurador general, quienes serían elegidos de manera popular en una elección indirecta en primer grado, y por un término de seis años.

Rabasa, por eso, censura, con apasionada porfía este sistema, asegurando, por una parte, que la elección popular sirve para confiar los puestos públicos a los representantes de las opiniones mayoritarias de la comunidad, con la consecuente contradicción de que un magistrado no puede expresar ni seguir la voluntad mayoritaria sin prostituir la justicia; por otra parte, repasa los procedimientos seguidos para nombrar magistrados de la Corte en cada uno de los países de la Europa Occidental y los de América, y concluye: en todo el mundo civilizado, sólo están con nosotros Guatemala y Honduras, y no podemos lisonjearnos de que tal compañía justifique nuestro sistema.

El proceso histórico examinado es de enorme relevancia en el ámbito de la historia política, y desde luego, en la historia constitucional mexicana, ya que con estos elementos y con su contexto histórico, se ha pretendido resaltar un acontecimiento poco conocido en la historia nacional que en apariencia, resultar ser un simple hecho que tuvo consecuencias relevantes en la edificación del Estado mexicano.

Así, bajo el amparo de la Constitución de 1857 y por la naturaleza política del cargo de presidente de la Suprema Corte, Juárez llegó de manera dubitativa a la Presidencia de la República, situación que le permitió continuar en el poder durante los siguientes periodos mediante la reelección presidencial. Al inicio, su ajetreada presidencia asumida por ministerio de ley no fue plenamente aceptada, y si a esto le sumamos la Guerra de Reforma, su gobierno fue itinerante en esa etapa histórica.

En suma, en la Constitución de nuestro país se establecio la elección del Presidente de la República de la Nación, más nunca se puso en prática, entre motivos por la Guerra de Reforma, además el Constituyente del 1917 determino que el Poder Judicial Federal, no era eleccto por el voto popular.

No basta el discurso retórito. Parte de la historia de nuestro país no debe ser manipulada en beneficio de los poderosos que ostentan el poder.

Profesor por Oposición de la Facultad de Derecho de la UACH.

Salud y larga vida

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